Avanza el proyecto para expropiar y urbanizar villas

La ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, inauguró hoy el debate en la Cámara de Diputados, en un plenario de comisiones, del proyecto de ley  presentado el 13 de abril, de  “Régimen de integración socio urbana y regularización dominial”.

“Tiene que ver con una Argentina más equitativa”, lo defendió.

La iniciativa declara de “interés público” y autoriza la expropiación de los terrenos de todo el país donde están asentados los 4.228 barrios populares,  registrados desde agosto de 2016 por el Ministerio de Desarrollo Social, en los que habitan 3,5 millones de argentinos.

“No sólo hablamos de una deuda histórica con cada una de las personas y familias que vive en barrios populares, villas y asentamientos por la falta de servicios, sino también, en muchos casos, por la falta de poder acceder a una escritura o certificación de las casas en las que viven”, expresó.

El proyecto es un primer paso para otorgar un certificado de titularidad de la tierra a los habitantes y avanzar en la urbanización de las villas de emergencia de todo el país.

“Habernos animado a zanjar diferencias con personas que no pensábamos igual, plantear a fondo cuál era la realidad de la situación de los barrios populares, representa un compromiso que estamos asumiendo y compartimos todos, que es el de saldar una deuda histórica. Este es proyecto que tiene que ver con una Argentina más equitativa y con mayor justicia social”, destacó Stanley.

La ministra hacía referencia al trabajo que conjunto que realizó el Ministro de Desarrollo Social con la ANSeS y organizaciones sociales, para la elaboración del “Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana” (RENABAP), para que sean trasferidos y pasen a ser propiedad de Estado Nacional.

“Se identificaron 4.228 barrios populares, donde se estima que viven alrededor de 3,5 millones de personas, 850 mil familias”, precisó Stanley. “Todavía el proceso de relevamiento al interior de muchos barrios sigue”, aclaró.

“El 78,5 por ciento de los barrios son de baja densidad poblacional, el 68% de los barrios tienen viviendo menos de 150 familias”, indicó la funcionario.  Stanley reveló que las villas representan el 21,5 por ciento de los barrios relevados y son “las que tienen mayor densidad poblacional”.

Según la información señalada por la ministra, “más de la mitad de las familias viven en estos barrios desde antes del 2000”, el 93 por ciento “no cuenta con acceso formal a la red de agua corriente”, el 70,5 por ciento está conectado a la red de energía eléctrica.

La ministra remarcó que el 40 por ciento de la población “es menor de 15 años y casi el 70 por ciento es menor a 29 años”.

“Me parece que este es un dato que no solo nos interpela, sino que también nos da una posibilidad de que, si trabajamos en serio y en forma conjunta, vamos a estar trabajando sobre una población muy joven, que tiene muchas oportunidades que hoy no se las estamos dando”, apuntó.

 

Principales artículos del proyecto:

El proyecto declara de “utilidad pública y sujeto a expropiación, la totalidad de los bienes inmuebles que se asientan en los Barrios Populares relevados en el RENABAP”.

La iniciativa establece que el Poder Ejecutivo, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, “actuará como Sujeto Expropiante e  individualizará los bienes inmuebles a expropiar”.

Si no hay “avenimiento” de parte de particulares, la Agencia de Administración de Bienes del Estado “deberá iniciar la acción judicial de expropiación, dentro de los noventa días hábiles de fracasada la etapa de avenimiento o desde el vencimiento del plazo previsto”.

El proyecto ordena “establecer un marco regulatorio especial para la regularización dominial de las viviendas que se encuentran en los bienes inmuebles”. De esta manera, se establecerán “las contraprestaciones que asumirán los ocupantes de los bienes inmuebles sujetos a expropiación, promoviendo las condiciones más beneficiosas para la adquisición de dominio o uso de los inmuebles”.

Con las provincias, municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deberán “celebrar acuerdos, con el objeto de transferir aquellos bienes inmuebles de titularidad de los mismos, que formen parte de los bienes inmuebles sujetos a expropiación”.

Si no hay acuerdo, el Podre Ejecutivo “estará facultado a proceder al mecanismo de expropiación previsto en la ley, abonando los montos que determine el Tribunal de Tasaciones de la Nación”.

Para financiar todas las erogaciones para la implementación de la ley, se creará un fideicomiso “facultado a mantener la propiedad fiduciaria de la totalidad de los inmuebles identificados en el RENABAP, incluyendo aquellos de propiedad del ESTADO NACIONAL, Provincial o Municipal, como los que se incorporen como consecuencia de su expropiación”.

El fideicomiso estará integrado por los aportes asignados porla Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional; los fondos provistos por organismos internacionales u organizaciones no gubernamentales; donaciones; ingresos “por cualquier cargo y/o mecanismo de aporte que sea resuelto en oportunidad de establecer la regularización dominial de las viviendas”; los aportes de las jurisdicciones involucradas y eventuales créditos públicos.

El proyecto también establece que se suspendan por el plazo dos años, desde la entrada en vigencia de la ley, “las acciones y medidas procesales que conduzcan al desalojo de los bienes inmuebles, incluidos en el RENABAP”.

 

Proyecto sobre Titularidad de Villas by Diario Vivo on Scribd