La causa contra Cristóbal López podría quedar extinguida

El abogado de la AFIP, Ricardo Gil Lavedra, advirtió que “hay una declaración de incompetencia encubierta”, para que la causa termine “en un delito tributario, que va a llevar a la extinción”.

El apoderado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)  en la causa contra los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, Ricardo Gil Lavedra, confirmó que la próxima semana apelará el fallo de la Sala I de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional,  que cambió la calificación del delito imputado al de “apropiación indebida de tributos”.

“Nos causó sorpresa porque, en noviembre pasado, la Cámara de Casación determinó que los hechos de la causa excedían una mera cuestión tributaria y que podía verificarse una conexión con otras causas. Ahora, la Cámara Federal vuelve sobre la calificación penal tributaria”, explicó Gil Lavedra, en declaraciones a radio Mitre.  “El fallo era absolutamente innecesario, habiéndose definido el tema de la calificación poco tiempo antes”, agregó.

López y De Sousa son investigados por la evasión de 8.000 millones de pesos del impuesto a la transferencia de los combustibles, entre el 2013 y el 2015, a través de la empresa Oil Combustibles. En la causa, también está procesado el ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray.

Con el voto de los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah, la Sala I de la Cámara Federal hizo lugar el viernes a la apelación de la defensa contra la resolución del juez de la causa, Julián Ercolini, que había determinado en diciembre último la prisión preventiva de López y su socio. El Tribunal también modificó la calificación legal del delito que se les atribuye, de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” a “apropiación indebida de tributos”.

Gil Lavedra advirtió que, al convertir la calificación de la causa en un delito penal tributario, los socios del Grupo Indalo pueden cancelar la deuda con la AFIP y dejar extinguida la acción penal.

“Los tribunales inferiores siguen lo que dicen los tribunales superiores. Un delito penal tributario entra en el régimen de moratoria, con lo cual puede cancelar la deuda y extinguir la acción penal”, explicó el abogado.

“Hay una declaración de incompetencia encubierta. Bajo el pretexto de confirmar un procesamiento, han declarado una incompetencia encubierta, para que el tema termine en un delito tributario, que va a llevar a la extinción”, concluyó.

El abogado de la AFIP señaló, además, que, con la nueva calificación, tampoco se investigaría la evasión del impuesto a la transferencia de combustibles como parte de una asociación ilícita más amplia, investigada en la causas que involucran a Cristina Fernández y otros ex funcionarios.

“Se había pergeñado para que este hombre no pagara nunca, entrando en planes de pago sin pagar ninguno. Este conjunto de empresas está financiado con la plata de todos”, detalló Gil Lavedra. “Todavía no se avanzaba en ese terreno, pero había indicios de que podía estar conectado con los delitos que se investigan a Cristina Fernández, como el sistema de retornos en los hoteles. Puede formar parte de la megadenuncia por asociación ilícita que hizo (Elisa) Carrió en 2008”, agregó.

Con respecto a Echegaray, el otro procesado en la causa, Gil Lavedra advirtió que la nueva calificación “lo favorece”.  “Pasa a ser partícipe de una evasión, con posibilidad de quedar impune si se paga la deuda”, explicó.