A partir de marzo las empresas, comercios de cualquier rubro y personas físicas podrán participar en el mercado cambiario, con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.
“El nuevo marco normativo para la actividad cambiaria tiene el objeto de brindar mayor competencia y transparencia al mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes”, indicó un comunicado del Banco Central.
Con la nueva normativa, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá actuar como agente de cambio, lo mismo que una persona física. “Se facilita así el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros”, destacó la entidad que conduce Federico Sturzenegger.
Para poder vender y comprar divisas, las personas físicas deben haber constituido previamente una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
También podrán inscribirse casas de cambio, que, a diferencia de las anteriores, tienen la operación cambiaria como actividad exclusiva y por requerir un capital mínimo de 5 millones de pesos.
Las casas de cambio, a su vez, podrán realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.
La flexibilización para la compra y venta de divisas se inició en noviembre, cuando el Banco Central autorizó a las agencias y casas de cambio a realizar operaciones cambiarias en la vía pública a través de “promotores”, más conocidos como “arbolitos”.