Ruta del dinero K: Ordenan a Casanello que defina la “situación procesal” de CFK

La Cámara en lo Criminal y Correccional consideró que hay pruebas suficientes para comunicarle a la ex mandataria su imputación por lavado de activos y darle derecho a defensa.

La Cámara Federal en lo Criminal y Correccional ordenó la indagatoria de la senadora nacional  Cristina Fernández en el marco de la causa conocida como la “ruta del dinero k”, en la que se investiga lavado de dinero.

El Tribunal resolvió por mayoría hacer lugar al recurso de queja de la Unidad de Información Financiera (UIF) y ordenó al juez del caso, Sebastián Casanello, citar a indagatoria a la ex mandataria para ponerla al tanto de su imputación.

A favor, resolvieron los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens y Leopoldo Bruglia se manifestó en disidencia, por considerar improcedente el planteo de la UIF.

Brulgia explicó que los fundamentos de Casanello para negar la citación  a indagatoria de Cristina Fernández “lucen razonables, puesto que lo resuelto encuadra dentro de los márgenes de discrecionalidad del a quo en su rol de director de la pesquisa”.

La causa denominada “la ruta del dinero K” se inició en 2013 y tiene como principal procesado y detenido al dueño de Austral Construcciones, Lázaro Báez.

En su fallo, Irurzum explicó que las pruebas, hasta ahora, muestran la relación de “prestanombre” del empresario y que “la explicación de la enorme masa dineraria que manejó Báez debe rastrearse en el rol que cumplió en los negocios delictivos de Fernández”.

“Para expresarlo de manera clara y sencilla, en todos los casos -marcados por grupos organizados para delinquir a través de defraudaciones al Estado, cohecho y lavado de activos- hay dos nombres que se repiten: Lázaro Báez y Cristina Fernández. Según los fiscales que acusaron en los enjuiciamientos, ello se explica por la relación de “prestanombre” del primero con la segunda, porque dado el grado de exposición de quien entonces detentaba la primera magistratura del país, el dinero o los bienes no podían quedar registrados a su nombre. Hasta donde se sabe, esta misma razón habría determinado que el enorme patrimonio de Lázaro Báez resultara muy superior al que proporcionalmente le correspondió a Cristina Fernández y su familia a través de los mencionados contratos de locación”, indica la justificación de Irurzun en el fallo.

“Siendo eso así, la lógica indica que la explicación de la enorme masa dineraria que manejó Báez debe rastrearse en el rol que cumplió en los negocios delictivos de Fernández. Y ello tiene todo que ver con los cargos que aquí pesan sobre aquella. Afirmar lo contrario, a esta altura, contraría a las pruebas y a una valoración razonable de aquellas, por vía del sentido común”, agregó el magistrado.

Irurzun evaluó que “corresponde que el juez Casanello escuche su versión” en la causa “donde está formalmente imputada hace mucho tiempo, sin encontrar una definición de su situación procesal”.

“En suma, todas estas consideraciones llevan a tener constituidas las sospechas acerca de la coautoría de Cristina Fernández en los hechos por los que Lázaro Báez ya se encuentra en juicio, etapa final en la que naturalmente se habrá de llegar a la comprensión cabal de los distintos engranajes de las sucesivas maniobras que hasta aquí se han tratado en los diversos expedientes y adoptarse una respuesta definitiva sobre la corrección -o no- de un juzgamiento conjunto”, indicó Irurzun. “Por ello, corresponde que el Juez Casanello escuche su versión en estos autos donde está formalmente imputada hace mucho tiempo, sin encontrar una definición -en un sentido o en otro- de su situación procesal”, concluyó.

Por su parte, Llorens señaló “la imperiosa necesidad de otorgarle a la presunta imputada la oportunidad de ejercer su derecho, de conocer la prueba existente, de controlar aquélla que las partes acusadoras han indicado como prueba de cargo en su contra y, finalmente, reclamar su derecho a que en estos autos exista una decisión jurisdiccional que la vincule o la desvincule -definitivamente- del proceso”.

“No solo se verán beneficiados los acusadores, sino también la defensa, en tanto se le habilitarán todos los recursos que, como parte, le corresponden para ejercer su derecho en igualad de armas”, apuntó el magistrado.

Llorens indicó que existen instrumentos legales “para obtener información respecto del circuito y destino final del producto de las conductas ilícitas investigadas”. “En definitiva, cabe destacar que resulta imperioso para esta Nación lograr el recupero de todos los activos que hubiere en el país o en el extranjero”, agregó.