El régimen de responsabilidad penal a las empresas tuvo media sanción hoy en la Cámara de Diputados y fue girado al Senado, tras un intenso debate que terminó con una victoria de la oposición, que sacó del proyecto un artículo buscado por los legisladores de Cambiemos.
El proyecto de ley estipula que las empresas de capital extranjero puedan ser juzgadas por actos de corrupción y otros delitos incluidos en el Código Penal.
Tras idas y vueltas, el proyecto girado a la cámara alta no tiene el artículo 37, propuesto por Cambiemos, al que la oposición denominó “artículo Odebrecht”: en él, se contemplaba que las empresas pudieran acogerse a un régimen de obtención de información a cambio de la extinción de la pena.
Mientras los diputados de Cambiemos argumentaban que de esta forma se iba a poder conocer los nombres de los funcionarios que habían recibido coimas, la oposición calificó como “inconstitucional” el artículo en cuestión.
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“El acuerdo era que el artículo 37 volaba. Ahora nos quieren correr con un discurso distinto para hacernos creer que los únicos que pelean por la corrupción son ellos. El Ejecutivo no puede celebrar acuerdos judiciales”, dijo la diputada del GEN, Margarita Stolbizer.
Rodolfo Tailhade, del Frente para la Victoria, dijo: “es mentira que no se pueden investigar para atrás porque lo que quieren es negociar las cuatro o cinco causas en la que está implicado el presidente (Mauricio) Macri,
La votación de este artículo terminó con una dura derrota del oficialismo: el resultado fue de 87 votos afirmativos contra 131 negativos.
Además se modificó el artículo referido a las multas: el mínimo será de 0,5% pero se cambió el máximo, que se bajó del 20 al 10% de los ingresos brutos anuales que la firma condenada hubiere tenido en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.
También se modificó el primer artículo de la ley, donde están expuestos los objetos de la norma, y establece que las empresas serán castigadas no solo por casos de corrupción sino por los delitos del Código Penal.