La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia procesó sin prisión preventiva al jefe mapuche Facundo Jones Huala por “incitación a la violencia colectiva”.El fallo sanciona al lonko por haberle dicho a sus seguidores, entre otras expresiones: “Al enemigo no se le discute, se lo destruye”, “defiéndanse con lo que tengan a mano”, y “no tengan miedo, viva el sabotaje, piedra y fuego a la opresión”.
El 5 de marzo de este año, el juez federal de Bariloche Gustavo Villanueva determinó la extradición de Jones Huala a Chile. El jefe mapuche de inmediato replicó con un discurso que fue transmitido en vivo por una radio de la zona. Y al terminar sus palabras un grupo de mapuches atacó con palos y piedras a la policía y el frente de los tribunales de Bariloche.
El fallo de los jueces Hebe Corchuelo de Huberman y Javier María Leal de Ibarra señala que “las manifestaciones del acusado fueron suficientes para probablemente producir una acción contraria a la ley, de allí que no pueda válidamente concluirse en que se encuentren amparadas por las garantías constitucionales a la libre expresión, tal como pretende”.
Continúa: “Quedan fuera del manto de protección las expresiones de odio”, y agrega: “El párrafo 5 del artículo 13 de la Convención prohíbe expresamente toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”.
Y concluye: “Así en tanto prima facie, las expresiones públicas del imputado se advierten como atentatorias contra los valores esenciales de nuestro sistema constitucional”.
El procesamiento contra el referente mapuche implica que si regresa a la Argentina, absuelto o luego de haber cumplido una condena, deberá enfrentar una nueva causa judicial.