Tras el anuncio de ayer, el gobierno nacional publicó en el boletín oficial el decreto 62/2019, por el que se “aprueba” y entra vigencia el Régimen Procesal de la Acción Civil de extinción de dominio.
La normativa lleva las firmas del presidente, Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros del Gabinete nacional.
La norma prevé la creación de “una Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, con facultades para realizar investigaciones de oficio, así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos”, en referencia a los previstos en el régimen, que incluyen los vinculados a la corrupción en perjuicio del patrimonio público, el narcotráfico y el crimen organizado.
“Este régimen persigue proveer al Ministerio Público Fiscal, cuyo fin constitucional es promover la actuación de la Justicia en defensa de los intereses generales de la sociedad, de instrumentos jurídicos idóneos para lograr de manera eficaz, la intervención del Estado con el objeto de obtener la extinción del dominio a su favor del dinero, cosas, bienes, derechos u otros activos, ganancia, provecho directo o indirecto que se hubiera obtenido de manera injustificada, provocando un enriquecimiento sin causa lícita”, precisa el decreto. En este sentido, la normativa agrega que busca proporcionar “herramientas concretas para llevar adelante juicios contradictorios, donde quienes sean acusados de la comisión de los delitos enumerados en la presente norma, sean sometidos a una investigación con el objeto de determinar si su patrimonio o parte de él está constituido por causa ilícita y tengan su derecho de defensa”.
El decreto establece la sustitución del artículo 1907 del Código Civil y Comercial de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Sin perjuicio de los medios de extinción de todos los derechos patrimoniales y de los especiales de los derechos reales, éstos se extinguen, por la destrucción total de la cosa si la ley no autoriza su reconstrucción, por su abandono, por la consolidación en los derechos reales sobre cosa ajena y por sentencia judicial que así lo disponga en un proceso de extinción de dominio”, establece la normativa.
La otra novedad del decreto es el desarrollo de una investigación judicial específica, que competerá a la Justicia Federal en lo Civil y Comercial. En la causa se analizará y determinará la procedencia de los bienes sospechados, en base a los “principios funcionales de objetividad, eficiencia y transparencia”.
“Se exige para la procedencia de la demanda de extinción de dominio que previamente el juez competente en lo penal haya dictado alguna medida cautelar sobre los bienes, por su presunta vinculación con el delito”, aclara la normativa, para establecer el régimen procesal.
“El demandado tendrá garantizado su derecho a demostrar el origen lícito de los fondos con los que adquirió el bien, o que el ingreso del bien a su patrimonio es anterior a la presunta comisión del delito”, agrega.
“Se regula por el presente una acción civil de carácter patrimonial a través de la cual, a raíz de la sospecha fundada sobre la comisión de un delito grave, el Estado cuestiona la titularidad de un bien cuando no se corresponde razonablemente con los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representa un incremento patrimonial injustificado. La finalidad de esta herramienta es extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos por efecto de actos de corrupción o crimen organizado, a fin de recuperarlos en beneficio del conjunto de la sociedad”, resume el decreto.
“El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación”, dispone.
“En el ejercicio de sus funciones, el Estado debe contar con herramientas consistentes, prácticas y eficaces de política criminal, tanto de carácter penal como de carácter no penal, para luchar de manera integral contra el flagelo del crimen organizado”, arguye el decreto en los considerandos. “El enfrentamiento a los grupos criminales complejos implica una serie de desafíos que están dados por la magnitud de los recursos que manejan, su grado de organización y sofisticación, lo que hace necesario abordar este flagelo desde diversas perspectivas”, agrega.