El 2 de septiembre de 2012, durante la emisión del Programa Fútbol para Todos (FPT) y previo al partido por el Torneo Inicial entre San Lorenzo y Velez Sarfield, un spot salió al aire y provocó una polémica que terminó en una causa judicial.
Quienes esperaban por el partido, se encontraron con una propaganda apuntada directamente al grupo Clarín. El spot calificó al multimedios como “una verdadera cadena nacional ilegal”, y lo acusaba de ignorar los tres poderes de la democracia”.
La denuncia del grupo Clarín no se hizo esperar. Y en ella, el holding mediático se señaló directamente al entonces jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina. En la presentación, además, se denunciaba el desvío de fondos estatales para hacer el spot. Sin embargo, la causa contra el funcionario kirchnerista no le provocó grandes dolores de cabeza a Abal medina, porque al poco tiempo todo fue desestimado por el juzgado N° 7 del fuero, que lo sobreseyó. Pero la querella no se dio por vencida e impugnó la medida del tribunal.
Tras idas y vueltas, en los que la querella argumentó que el video emitido fue un agravio y que el sobreseimiento de Abal Medina era “prematuro” ya que debían realizarse más medidas de prueba.
Ahora, la resolución de la Sala I, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, volvió a considerar “prematuro” el sobreseimiento de Abal Medina, y sostiene que el spot “habría sido elaborado dentro del ámbito de la Secretaría de Comunicación Pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros”.
“No puede pasarse por alto que el nombrado se encontraba en la cima de la estructura jerárquica en la que se incardinaba la Secretaría de Comunicación Pública y asimismo, que el Programa FPT funcionaba dentro de la órbita del organismo a su cargo”, se lee en la resolución de los magistrados.