Apelaron la extradición de Jones Huala

El líder de la Resitencia Ancestral Mapuche, detenido en la ciudad chubutense de Esquel, será extraditado a Chile por resolución del juez Gustavo Villanueva.

La abogada defensora de Facundo “Jones” Huala, Sonia Ivanoff, presentó hoy, ante el Juzgado Federal de Bariloche, un recurso de apelación al fallo que resolvió la extradición a Chile del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).

El juez federal subrogante Gustavo Villanueva resolvió, la semana pasada, la extradición de Huala.

“Cumplimos con la vía recursiva, con el objetivo de lograr la admisibilidad en la Corte Suprema de Justicia”, explicó Ivanoff, en declaraciones a la agencia de noticias Télam.

El líder de la agrupación RAM es reclamado por la Justicia del país vecino, acusado de participar del incendio de una propiedad en Pisa Pisué, cerca de Valdivia, en 2013, y de portación de un arma de fuego artesanal. Huala se fugó de Chile y no se presentó a las audiencias a las que fue citado.

Otros tres acusados por el incendio fueron juzgados y absueltos en noviembre de 2014 por el Tribunal Penal de Valdivia.  Sólo fue condenada una mujer a pocos meses de prisión.

“No sólo nos enfocamos en la sentencia en sí, sino también en aspectos técnicos que estuvieron cargados de irregularidades durante el proceso”, sostuvo la abogada de Huala.

“El día de la lectura de la sentencia no se permitió la presencia de medios de prensa ni del público en general e, incluso, tampoco de las partes interesadas”, agregó Ivanoff.

La letrada también cuestionó que el juez “intentó suplir la ausencia del imputado con una videoconferencia que tampoco se concretó”. “No se reconoció la difusión de los actos y ello atenta contra el principio de publicidad y oralidad de la audiencia”, explicó.

Además del proceso, Ivanoff cuestionó la sentencia al considerar que hubo un “doble juzgamiento por una misma causa penal”. En este sentido, la abogada concluyó: “habla de una clara persecución penal”.

Por otro lado, Ivanoff consideró que la sentencia “se aparta del derecho de reconocimiento para los pueblos indígenas”. “Aplica la normativa establecida en los tratados de cooperación internacional, en especial con Chile, pero no argumentó ni dijo por qué no tuvo en cuenta el derecho indígena, que debería haber sido aplicado en este caso”, sostuvo.

En su fallo, Villanueva hizo lugar al pedido de extradición requerido por la Justicia de Chile en los casos del incendio de una vivienda y de portación de arma de fuego. En cambio, declaró improcedente la extradición por los delitos de tenencia de municiones y por haber ingresado de forma clandestina al país vecino.

 

(Con información de Télam)