La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, reclamó hoy “una mirada más restrictiva” respecto a las excarcelaciones, especialmente en delitos cometidos por motochorros. En este sentido, la funcionaria adelantó que propondrá una modificación de los artículos del Código Procesal Penal sobre aplicación de beneficios.
Bullrich le planteó la necesidad de reformular la normativa al procurador general, Eduardo Casal. “No se puede liberar de forma automática a todos”, agregó la ministra, en declaraciones radiales.
La funcionaria consideró que debe hacerse una interpretación “menos lineal” de los delitos y que hay que ponerse “del lado de la víctima”.
“Hay herramientas para tener una consideración menos lineal de los delitos y ponerse del lado de la víctima, que es en lo que nosotros creemos, y no del lado del delincuente”, sostuvo Bullrich. “Es importante insistir en que no puede haber excarcelaciones automáticas en todos los casos porque hay que analizar el tipo de delito, la peligrosidad, la conmoción social que causa y algunas cuestiones formales”, agregó.
En este sentido, Bullrich cuestionó la labor de los jueces. “Quizás actúan automáticamente, sin ver el contexto social o el sentido común. Yo quiero que comprendan la situación que estamos viviendo”, advirtió.
La ministra de Seguridad destacó una normativa de la Procuración General que “evita la probation y los beneficios para los motochorros”.
“La reiteración de delitos, por ejemplo, debe implicar una conducta distinta en la valoración de los jueces, para no liberar a esos delincuentes”, explicó Bullrich. “Los fiscales van a tener que comenzar a ponerlo en marcha, porque necesitamos una mirada más restrictiva respecto a esas excarcelaciones”, agregó
La ministra busca retomar un proyecto presentado en el Parlamento en 2014, en el que se proponía modificar los artículos 316, 317 y 318 del Código Procesal Penal de la Nación.
El primero de ellos establece que toda persona que esté imputada de un delito puede, en cualquier momento, solicitar al juez que interviene en su causa que se le dicte la excarcelación.
Según el artículo, el magistrado puede otorgar dicho beneficio si la calificación de los hechos que se le imputan a la persona no superan los ocho años de pena o si establece, al comenzar la investigación, que la condena será de carácter condicional.
En tanto, el artículo 317 señala que la excarcelación puede concederse si el acusado cumplió, en detención o en prisión preventiva, el máximo de la pena prevista para el delito que se le imputa, esté o no firme.
También define que la persona puede ser excarcelada si permaneció en prisión preventiva el tiempo que, de haber existido condena, le hubiera permitido alcanzar la libertad condicional.
Por último, el artículo 318 estipula que la excarcelación será acordada en cualquier momento del proceso a pedido del imputado o de su defensor.
“Hay que tener leyes adecuadas para proteger a las víctimas, no podemos permitir que el sistema ronde alrededor del delincuente, hay que abandonar esa idea de impunidad, salir de la culpa y ser efectivos”, exigió Bullrich. “Es una necesidad ir generando un cambio en nuestra cultura que nos lleve a tener como objetivo la defensa de la sociedad y de la víctima”, concluyó.