El Ministerio de Seguridad apeló ante la Justicia de Río Negro el procesamiento de los cinco miembros del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina, por el asesinato del joven Rafael Nahuel, el 25 de noviembre de 2017, en la localidad de Villa Mascardi, durante una toma.
El procesamiento de los agentes de la Prefectura fue dictado el 9 de enero pasado por el juez federal Leónidas Moldes.
La defensa del Ministerio de Seguridad se opuso a los procesamiento de Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Sergio Guillermo Cavia y Carlos Valentín Sosa, basado en que el magistrado reconoció que existió un enfrentamiento con armas el día que Nahuel fue asesinado con un disparo por la espalada.
Los defensores de Nahuel sostuvieron que los efectivos del grupo Albatros no fueron atacados por los militantes mapuches y tampoco llevaban armas.
“Los análisis de laboratorio encontraron residuos de pólvora en Nahuel, Jones Huala y González, esto es innegable. Además los Albatros estaban en Mascardi cumpliendo su deber después de una orden de desalojo de un juez federal (el subrrogante Gustavo Villanueva)”, explicó a Télam una fuente del Ministerio de Seguridad.
Los abogados de la querella, Natalia Araya y Juan Mandagarian, también apelaron la decisión del magistrado, pero contra la orden de detención emitida por el juez Moldes contra los militantes mapuches, Lautaro González y Fausto Jones Huala, que participaron de la toma.
“Cabe estimar que el día 25 de noviembre de 2017, en un sector aún no precisado pero que se encuentra en el interior de los predios (Mascardi), Fausto Jones Huala y Lautaro Alejandro González atentaron a mano armada contra contra una patrulla de Prefectura Naval Argentina, correctamente identificada, que recorría el lugar y se encontraba abocada a su custodia”, indicó el juez Moldes en su resolución de enero.
Araya y Mandagarian sostienen que Jones Huala y González son “dos testigos fundamentales de la muerte de Rafael” y, por lo tanto, pueden estar procesados en la misma causa. Además, cuestionó el primer peritaje balístico, realizado por Gendarmería Nacional, que indicaba que la bala que mató a Nahuel era de 9mm. La abogada querellante sostuvo que la pericia realizada por los expertos oficiales Roberto Nigris y Karina Uribe concluyó que el disparo provino de un fusil MP5 de Pintos.
En la misma audiencia, la Cámara de Apelaciones de General Roca admitió como querellante a la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
Desde septiembre de 2017, un grupo de activistas ocupan un predio de seis hectáreas en Villa Mascardi, dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi, en Río Negro. El 25 de noviembre de ese año, un grupo de Prefectura intentó desalojar el lugar de un grupo de unas 20 personas y, en esa situación, murió Nahuel.