La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó la primera recusación presentada por el fiscal Carlos Stornelli contra el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, que lo investiga por “extorsión” y por “reclamar y ordenar investigaciones paralelas a las causas judiciales, no autorizadas por ley”
De esta manera, el magistrado fue confirmado al frente del expediente en el que se investiga una supuesta red de “espionaje ilegal”, integrada por el detenido Marcelo D´Alessio.
Los camaristas marplatenses Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza sostuvieron que, de los planteos formulados por la defensa de Stornelli, no surgen elementos que permitan afirmar que Ramos Padilla actuó con parcialidad manifiesta o prejuzgamiento, “más allá de la disconformidad que con su convocatoria a prestar declaración indagatoria tuviere el fiscal”.
“A todo juez de instrucción se le debe reconocer un margen de discrecionalidad en el desarrollo de la investigación, lo cual no supone arbitrariedad”, sostuvo el camarista Jiménez, en lo que fue el voto principal del fallo de la Cámara de Federal de Mar del Plata.
El abogado de Stornelli, Roberto Ribas, había planteado que Ramos Padilla había perdido la objetividad, que había actuado con arbitrariedad y que había realizado “valoraciones tendenciosas” sobre el caso; además de cuestionar, por ejemplo, la publicación en Centro de Información Judicial (CIJ) del fallo con el que fue procesado D’Alessio.
“El recusante plantea como premisas principales de la alegada pérdida de objetividad de Ramos Padilla, algunas referencias plasmadas por el magistrado de manera asertiva sobre su participación en las conductas a investigar y, por otra parte, la publicidad que la cuestión ha tenido en medios periodísticos, donde se ventilaron esos conceptos”, enumeró Jiménez.
“Si bien puede no resultar la manera más conveniente de presentar la eventual responsabilidad de los actores en el auto que los convoca a prestar declaración indagatoria, o cuando se menciona su hipotética intervención en una conducta punible al resolver la situación procesal de otro encartado, resultaría excesivo entender que tal estilo semántico permita inferir el prejuzgamiento de quien se manifiesta de esa manera”, aseveró el camarista.
“Las expresiones a las que hace referencia el recusante fueron en su mayoría volcadas en el contexto de un auto de procesamiento y en el marco de la asignación de autoría y responsabilidad de un encartado, por lo que más allá del carácter provisorio que caracteriza a esa resolución, el juzgador debía expresar de manera concluyente los resultados de las operaciones mentales de evaluación de los elementos de cargo que lo llevaron a decidir de esa manera”.
Stornelli se encuentra imputado por “haber actuado conjuntamente con Marcelo Sebastián D´Alessio y otras personas que están siendo identificadas e investigadas en las actuaciones, en maniobras de espionaje ilegal que guardaban relación con las investigaciones judiciales a su cargo y con su actuación como Fiscal Federal”, según lo que consta en el expediente.