La Sala II de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido de excarcelación del diputado suspendido y ex ministro de Planificación Julio De Vido, en la causa en la que está procesado por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, por la malversación de los fondos públicos destinados a Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
Los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia confirmaron la decisión del juez federal Luis Rodríguez.
La decisión de primera instancia fue apelada por los abogados de De Vido, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, por considerar que fue “un acto de grave arbitrariedad” y aludieron al “disímil trato” dado al ex funcionario en relación con los “otros coimputados que se encontrarían en idéntica situación que De Vido”.
“Todos y cada uno de los elementos que llevaron a restringir la libertad del imputado se han desmoronado”, argumentaron los letrados.
En su fallo de rechazo a la apelación, Irurzun consideró que, en el caso de De Vido, existen “indicios de entorpecimiento” de la investigación.
En la causa se investigan los convenios entre YCRT y la Facultad Regional Santa Cruz y Fundación Facultad Regional Santa Cruz, que habrían provocado un “lucro indebido generando un menoscabo al patrimonio estatal y un detrimento sostenido del complejo minero”, según explicó el camarista de la Sala II.
“Al examinar su situación de encierro preventivo, tuve en cuenta no sólo el rol preponderante que aparece detentando sino, especialmente, aquellos elementos que daban cuenta de las dificultades para reunir la documentación y el curso instructorio vigente, no sólo en lo que hace al real alcance de las maniobras sino también -sustancialmente- en orden al destino dado a la gran cantidad de los fondos públicos comprometidos en la ejecución”, explicó el magistrado.
“No cabe soslayar además que la intensa actividad instructoria se viene desarrollando en un contexto desfavorable, sumándose a las falencias otrora advertidas la vigencia de las interferencias en derredor del complejo minero de Río Turbio”, agregó.
“Como se ve, el cuadro de riesgos oportunamente valorados en este proceso permanecen vigentes y el mantenimiento de la restricción a su libertad sigue siendo la única alternativa viable para garantizar el éxito de la investigación en curso”, concluyó Irurzun.
Por su parte, Bruglia justificó su rechazo al pedido de excarcelación de De Vido a que la situación y los riesgos procesales resultan “absolutamente disímil” respecto de la de los otros imputados en la causa.
“No resulta procedente la aplicación de una medida cautelar menos gravosa en atención a que los riegos procesales valorados en los resolutorios citados, por sus características particulares, vigencia e identidad, sólo pueden ser neutralizados a través de la prisión preventiva del imputado. Lo contrario, en esta instancia procesal,podría poner en peligro la concreción del derecho y la prosecución de la investigación”, concluyó Bruglia.
De Vido está detenido preventivamente desde octubre del año pasado, luego de que la Cámara de Diputados votara su desafuero.