El gobierno nacional dispuso que los organismos del Estado nacional se abstengan de dictar normas que “establezcan privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos, fundadas en vínculos de parentesco”.
“Instrúyese a las autoridades superiores de los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional para que se abstengan de dictar actos administrativos o adoptar decisiones en el ámbito de sus respectivas competencias, que establezcan privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos, fundadas en vínculos de parentesco”, establece el artículo 1 del decreto 732/2018, publicado hoy en el Boletín oficial.
“Asimismo, deberán abstenerse de incurrir en prácticas, políticas o procedimientos que permitan, faciliten, promuevan o fomenten tales privilegios o preferencias para el acceso a dichos cargos y empleos”, agrega la normativa.
El decreto también establece que “la inmediata derogación de las normas internas que establezcan privilegios o preferencias” por vínculos de parentesco.
La norma involucra a toda la administración central del Estado y a los organismos descentralizados, lo que incluye las instituciones de la seguridad social.
También regirá para empresas y sociedades del Estado, incluidas las sociedades anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y las Sociedades de Economía Mixta.