La Corte Suprema de Justicia restituyó, por unanimidad, la aplicación de la ley 27.346, que establece que los magistrados, funcionarios y empleados judiciales que hayan asumido después del 1 de enero de 2017 deben tributar impuesto a las Ganancias.
Lo hizo al revocar una medida cautelar a la que hizo lugar la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
La Corte Suprema no se expidió formalmente sobre la “cuestión de fondo”, sino que dejó sin efecto la medida provisoria que suspendía la norma sancionada por el Congreso.
Tras el fallo del máximo tribunal, los funcionarios y empleados judiciales, nacionales y provinciales, que hayan ingresado al Poder Judicial desde esa fecha quedarán alcanzados por el tributo. Los jueces y funcionarios con antigüedad mayor a dos años no pagarán el impuesto.
La de hoy era una de las resoluciones clave que se aguarda de la Corte Suprema antes de fin de año.
La ley que dispone que los funcionarios judiciales paguen impuesto a las Ganancias fue sancionada por el Congreso, pero fue cuestionada con un recurso de amparo por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nación, que la considera inconstitucional. El Máximo Tribunal sostuvo que el fallo de segunda instancia utilizó “argumentos dogmáticos e insuficientes” y que, por tanto, su decisión “fue arbitraria”.
“No existen razones suficientes para adoptar una decisión cautelar de tal gravedad que exima del cumplimiento de lo ordenado por la ley a los sujetos representados”, argumentó el fallo de la Corte Suprema.
Los cinco ministros advirtieron que los jueces deben tener “especial cuidado” en las decisiones que puedan suspender “total o parcialmente la aplicación de una ley vigente” y así afectar la división de poderes.
“Los magistrados honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros ciudadanos llamados a cumplir la ley cabalmente”, sostuvieron los ministros Juan Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
En cambio, el presidente y la vice del supremo tribunal, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton, respectivamente, coincidieron con el fundamento, pero admitieron el derecho de los jueces, ”al igual que todo ciudadano”, de plantear en la Justicia sus quejas.
La Corte Suprema concluyó que no existen elementos para haber concedido la medida cautelar suspensiva contra la legislación nacional. “La ley del impuesto a las Ganancias resulta plenamente aplicable”, afirmó.
Según algunas estimaciones, el pago de Ganancias por parte de los jueces representaría el 0,06 por ciento del PBI, lo que en 2017 significó casi 6 mil millones de pesos.