La Justicia Electoral ordenó actualizar la cantidad de diputados

La composición actual de la Cámara baja es de 257 diputados, pero deberá ser actualizada de acuerdo al último censo poblacional.

La Cámara Nacional Electoral ordenó al Congreso a actualizar la cantidad de diputados nacionales de acuerdo al último censo, realizado en 2010.

La decisión de los jueces Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera responde a la demanda de un votante cordobés, que alegó que “por encontrarse desactualizada la cantidad de diputados que se eligen por distrito, el valor de su voto es inferior al de los ciudadanos de otras provincias”.

Como el número de diputados del Congreso nacional es proporcional a la cantidad de electores de cada distrito (1 diputado cada 161.000 habitantes o fracción superior a 80.500), el número de legisladores (257) quedó desactualizada, teniendo en cuenta que se  sigue tomando de referencia el censo de 1980.

La Cámara Nacional Electoral requirió al Congreso de la Nación que “extreme los recaudos” para ejecutar el mandato constitucional establecido en el artículo 45 de la Constitución Nacional, que obliga ajustar la representación a los datos del censo.

“Cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina”, advirtió el fallo de Dalla Via y Corcuera.

Algunas de las provincias que tuvieron mayor crecimiento poblacional en los  últimos 38 años fueron Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos. La ley 22.847 establece que ningún distrito puede tener menos de cinco diputados o menos de los que tenía en 1976.

Los camaristas recordaron que el artículo 45 de la carta magna establece que “después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada por cada diputado”. La relación entre cantidad de diputados y habitantes puede modificarse por un plazo no inferior a 10 años.

La actual composición de la Cámara de Diputados está basada en los datos poblacionales del censo realizado en 1980. “Resulta claramente anacrónica”, sentenció el fallo sobre la representación actual del Congreso.

“Más allá de la adecuación que debe realizarse, el número de diputados no necesariamente habría de variar en mucho, lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que implicaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos”, señaló el máximo tribunal electoral.

La orden de la Cámara Nacional Electoral se implementaría para adelante, por lo que no afectará las decisiones que tomó la Cámara baja con la composición actual, según aseguró el abogado constitucionalista Daniel Sabsay a Diario Vivo.

 

(Con información de NA)

 

 

 

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