Con apoyo de toda la oposición, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para expropiar y regularizar el dominio de los territorios donde están asentados 4.228 barrios populares en todo el país.
La iniciativa fue aprobada a las 2.26 de la madrugada, tras más de 14 horas de sesión, en la que antes se aprobó la llamada “Ley Justina” y de “Banco de Alimentos”.
El proyecto, impulsado por el Ministerio de Desarrollo Social, obtuvo media sanción con 194 votos a favor y será girada al Senado.
La propuesta fue presentada los presidente de los bloques que integran Cambiemos, Mario Negri, Nicolás Massot y Elisa Carrió.
El “Régimen de integración socio-urbano y regularización dominial” declara de “interés público” y sujetos a expropiación los terrenos donde están emplazados los 4.228 barrios populares y villas relevados e incorporados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP).
El proyecto es un primer paso para otorgar el certificado de titularidad de la tierra a los habitantes y avanzar en la urbanización de las villas de emergencia de todo el país.
“El propósito de este proyecto es sumamente ambicioso. Regularizar el dominio significa que las personas que viven en estos barrios y que han construido sus casas van a acceder finalmente a la propiedad y a la parcela que ocupan, con todas las de la ley”, destacó el diputado del PRO y presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli.
“Ese objetivo implica lograr una mejora sustancial en la calidad de vida de los que menos tienen”, agregó.
Tonelli explicó que los barrios populares relevados y registrados debían cumplir con la condición de tener “un mínimo de ocho familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular a, al menos, dos de los servicios básicos: red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal”.
El presidente del bloque de diputados del Frente para la Victoria, Agustín Rossi, sostuvo, en su defensa del proyecto, “es un punto de inicio, no un punto de llegada”.
“Tiene elementos que se destacan, como la expropiación, y al mismo tiempo el límite de 4 años para evitar cualquier tipo de desalojo”, precisó el diputado nacional. “Está claro que independientemente que no esté precisada, todos sabemos que la inversión va a ser más que importante”, agregó.
El sujeto expropiante será la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que junto al Ministerio de Desarrollo Social deberá celebrar acuerdos con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la transferencia de los bienes inmuebles que estén bajo su titularidad.
Sin el acuerdo de las tres partes, el Estado Nacional no podrá avanzar en la expropiación y los gastos que se deriven de los convenios deberán ser “afrontados en partes iguales por las jurisdicciones firmantes”.
Además, el proyecto habilita la creación de un fideicomiso “con el objeto de financiar la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la ley”.
Al declarar los terrenos relevados de interés público, quedan suspendidos los eventuales desalojos durante el proceso de regularización dominial.
SE SANCIONÓ LA LEY DE DONACIÓN UNIVERSAL DE ÓRGANOS
Además de darle media sanción al proyecto de “Régimen de integración socio-urbano y regularización dominial”, la Cámara de Diputados sancionó ayer, por unanimidad, con 202 votos, la denominada “ley Justina”.
De esta manera, el proyecto aprobado el 30 de mayo en el Senado obtuvo sanción definitiva en el Congreso.
La iniciativa reemplaza a la actual Ley 24.193, de Trasplante de Órganos y Tejidos, y convierte en donante a toda persona mayor de 18 años, salvo que exprese su oposición.
La flamante norma debe su nombre a Justina Lo Cane, la niña de 12 años que falleció el 22 de noviembre último mientras esperaba un trasplante de corazón.
Ezequiel y Paola Lo Cane, padres de Justina, presenciaron la sesión junto al impulsor del proyecto, el senador de la UCR Juan Carlos Marino.
La flamante ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células para investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento.