El PJ confía en recibir consenso para su proyecto sobre extinción de dominio

El bloque que encabeza Miguel Pichetto presentó un proyecto para que la extinción de dominio se enmarque en el Código Penal y se sustancie junto con el juicio por los delitos complejos imputados.

El senador del PJ Rodolfo Urtubey se mostró confiado en reunir consenso en el Senado, incluso del bloque Cambiemos, para aprobar el proyecto de su autoría sobre extinción de dominio.

La iniciativa establece la incorporación del artículo 23 bis en el Código Penal, para instituir la acción de extinción de dominio en simultáneo con la causa penal, para determinar la vinculación de los bienes con el o los delitos penales complejos imputados.

“La acción civil de extinción de dominio podrá ejercerse mientras se encuentre vigente la acción penal. Si con posterioridad a la sentencia dictada en la extinción de dominio, la sentencia firme dictada en el proceso principal declarase inexistencia de los hechos, el perjudicado por la extinción de dominio tendrá derecho a reclamar indemnización”, establece el artículo 2 del proyecto presentado por el PJ.

“La sentencia de la acción civil de extinción de dominio se dictará en forma simultánea con al sentencia condenatoria o absolutoria y deberá contar con fundamentación específica”, agrega en el artículo 6.

Según confirmó Urtubey a Diario Vivo, desde el comienzo del proceso penal, los bienes sospechados de ser “producto, provecho o ganancia, directos o indirectos, del delito” podrán ser susceptibles de “decomiso anticipado y desapoderamiento”, con una medida cautelar.

“La administración y disposición de los bienes objeto de la acción de extinción de dominio prevista en el artículo 23 bis del Código Penal en los procesos judiciales de jurisdicción nacional o federal, estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado”, establece el artículo 8 del proyecto presentado por el PJ.

Con la sustanciación del juicio oral penal, se llevaría a cabo la del de extinción de dominio, para determinar si corresponde el cambio de la titularidad. Ambas sentencias estarán a cargo del mismo Tribunal Oral de primera instancia.

“El Estado se puede quedar con los bienes de las personas por expropiación, decomiso y por extinción de dominio. Lo demás es confiscatorio en un Estado democrático”, sostuvo Urtubey, en diálogo con Diario Vivo.

“Los aspectos procesales tienen retroactiviad, los de fondo, no”, agregó el senador.

Mañana a las 12, se iniciará el debate en el Senado sobre los proyectos de extinción de dominio en el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Seguridad Interior y Narcotráfico.

El traslado de la titularidad de los bienes sospechados de ser producto de actividades ilícitas obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados en junio de 2016, tras el caso del ex secretario de Obras Públicas José López, detenido cuando fue descubierto tratando de ocultar más de 9 millones de dólares en un convento en la localidad de General Rodríguez.

La iniciativa establece que los bienes con origen injustificado, sospechados de provenir de una actividad de origen ilícito, pasen a ser propiedad del Estado. De esta manera, se pretende perseguir activos provenientes del narcotráfico, lavado de activos, evasión fiscal, tráfico de personas y corrupción, entre otros delitos.

El proyecto con media sanción está a punto de perder estado parlamentario si no es tratada por el Senado antes de fin de año. En caso de que se le introduzcan modificaciones en la Cámara Alta, deberá volver a ser considerada por Diputados.