Mañana se incluirá dentro del temario de la sesión especial convocada en el Senado el tratamiento de la prórroga de la ley 26.160, que estableció un plazo de tres años para que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) realice un relevameinto técnico catastral sobre la “posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias”.
La normativa fue sancionada y promulgada en 2006. Luego fue prorrogada sucesivas veces por los incumplimientos en el relevamiento. La última postergación vence en noviembre próximo.
Los bloques están de acuerdo en aprobar mañana una nueva postergación y en establecer que sea la última. Las diferencias, que tratarán de consensuar en la jornada de hoy, están en el período de la prórroga.
Desde la UCR, la senadora Silvia Giacoppo, de Jujuy, propone una prórroga de un año. El senador por la Ciudad de Buenos Aries Pino Solanas, de UNEN, plantea un plazo de cuatro años y el Frente para la Victoria, de dos. El PRO se acerca más al último.
El acuerdo básico de los senadores es que se extienda el plazo del relevamiento por última vez y se cierre el registro definitivamente, “para que no sigan apareciendo personajes que reclaman tierras supuestamente ancestrales”, dijeron desde el entorno de la senadora Giacoppo. “Si se quiere resolver, se resuelve. Es más complicado por los intereses que cruzan y la política”, reflexionaron.
Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), las principales causas del retraso del programa de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas son: la subejecución del presupuesto destinado al registro y que no se generaron mecanismos de seguimiento y control de las acciones realizadas.
“En algunas provincias, los relevamientos iniciados fueron suspendidos y tuvieron que iniciarse nuevamente. Se perdió mucho tiempo y dinero. Adicionalmente, los relevamientos territoriales son procesos muy complejos, en los cuales una gran cantidad de actores, intereses y derechos entran en juego“, explicó Jimena Psathakis, presidenta del INAI, sobre el incumplimiento del plazo original del relevamiento.
“Pueden influir muchos factores y producir demoras en tiempos de ejecución de los relevamientos, como por ejemplo: los conflictos al interior de las propias comunidades respecto a la representatividad; el diferente grado de articulación con las autoridades provinciales y con los miembros del Consejo de Participación Indígena en las provincias; la extensión y las características físicas-geomorfológicas del territorio; los eventos extremos o situaciones de emergencia climática; los procesos de judicialización; el desconocimiento por parte de comunidades de algunas provincias del derecho al relevamiento establecido por la 26.160, entre otros”, agregó Psathakis.
“Si bien el relevamiento no significa la titularización de las tierras, es un primer paso en el reconocimiento del Estado sobre las tierras comunitarias que de manera actual, tradicional y pública ocupan las comunidades indígenas”, destacó la presidenta del INAI.
La ocupación actual se refiere a las tierras ocupadas por las comunidades al momento de sanción de la Ley 26.160, en el año 2006. La ocupación tradicional tiene que ver con los usos que las comunidades hacen del territorio de acuerdo a su cosmovisión y costumbres: zona de cultivos, zonas de pastoreo de animales, sitios ceremoniales, viviendas, lugares sagrados. En este punto debe tenerse en cuenta que para los pueblos indígenas la tierra no sólo es una propiedad, sino el espacio donde se reproduce su cultura y su identidad. Y la ocupación pública significa que la misma es conocida por terceros: otras comunidades, los gobiernos locales, etcétera
-¿Cómo se realiza la acreditación para el reconocimiento de la propiedad a las comunidades originarias?
– Durante el relevamiento rerritorial, un equipo técnico multidisciplinario lleva a cabo distintas acciones con el objetivo de fundamentar la ocupación territorial de la comunidad. Por un lado, los técnicos recorren el territorio georreferenciando con GPS la zona de ocupación de la comunidad, para luego volcar esa información en un mapa a través del Sistema de Información Geográfica. Los técnicos del área social realizan entrevistas para registrar los usos del territorio, las costumbres, ceremonias y demás aspectos culturales, y completan un cuestionario socio – comunitario donde se vuelcan los recursos y necesidades de la comunidad. Además, el equipo jurídico analiza la situación territorial y dominial. Luego comienza un proceso administrativo tendiente a una resolución en la que se deja constancia del relevamiento y, en el caso de corresponder, se reconoce la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad. Una vez finalizado el relevamiento, la información es entregada a la comunidad en una carpeta técnica que contiene la cartografía, un informe jurídico, un informe histórico – antropológico y la resolución administrativa.