Exportaciones por correo

Mauricio Macri presentó un régimen que permitirá hacer pequeñas exportaciones de productos nacionales, de no más de 15.000 dólares por envío, a través del servicio de courier.

Esta mañana, el presidente de la Nación, Mauricio Macri, presentó el Régimen de Exportación Simplificada.

“Exporta Simple” tiene como objetivo facilitar la exportación de los pequeños productores, mediante prestadores de servicio postal denominados courier.

A través de este sistema, las pequeñas y medianas empresas podrán acordar la venta con un comprador en el exterior y enviarla a través de ese servicio, de manera de abaratar costos de envío y achicar la cantidad mínima exportable.

Para ello, el vendedor deberá acceder, con clave fiscal nivel 3, al servicio Exporta Simple, cargar los productos y clientes, cotizar y generar proformas para concretar la exportación.

Aparte, la empresa exportadora deberá solicitar la cotización de diferentes couriers, seleccionar y contratar uno. El sistema generará una factura proforma con la información necesaria para que el prestador la emita en la exportación.

El sistema controla el cupo de exportación, los certificados y la mercadería.
Por su parte, el courier carga la destinación en el Sistema Informático Malvina (SIM), genera una factura E, se la envía al exportador e informa a la Secretaría de Comercio los datos de la factura.

La plataforma Exporta Simple controla si la factura proforma es consistente con la factura E y la valida.

Los requisitos para el Régimen de Exportación Simplificada son:

– Los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT y clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.

-El monto anual de facturación de estas exportaciones no podrá superar el valor FOB equivalente a 600.000 dólares  por sujeto.

– Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de 15.000 dólares por sujeto.

– Los bienes exportados a través del régimen Exporta Simple deberán ser de origen nacional y no estar alcanzados por prohibición, suspensión o cupo de exportaciones. Tampoco podrán estar sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.

– El peso unitario de cada envío no podrá superar los 300 kilogramos brutos.

– Los prestadores de servicios postales serán los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias del régimen.

– Los prestadores de servicios postales deberán estar inscriptos como “Prestador CUSE” y registrarán sus declaraciones a través del Sistema Informático Malvina (SIM).

Asimismo, estas operaciones estarán alcanzadas por los derechos de exportación, que deberán cancelarse mediante el uso del Volante Electrónico de Pago (VEP), previo al embarque de la mercadería.

El régimen no permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria ni mercadería sujeta a precios revisables o concentrados de minerales.

El incumplimiento de las normas establecidas por Exporta Simple recae sobre el prestador de servicio postal y el sujeto beneficiario.

 

(Con información de Télam)