A través del decreto 1043, publicado hoy en el Boletín oficial, el gobierno nacional puso en vigencia el denominado “bono de fin de año” para el sector privado, que será de 5.000 pesos no remunerativos y se pagará la primera mitad en diciembre y la otra en febrero.
“Establécese, a partir del 1° de noviembre de 2018, una asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de 5.000 pesos, la cual será otorgada por los empleadores de la siguiente forma: a) 50 por ciento con los salarios del mes de noviembre de 2018, pagaderos en el mes de diciembre de 2018 y b) el 50 por ciento restante con los salarios del mes de enero de 2019, pagaderos en el mes de febrero de 2019”, dispone el primer artículo de la normativa.
En el artículo 3, el decreto habilita a que los gremios y las empresas “en crisis o declinación productiva” de cada sector adecuen los “plazos y montos” del bono
“Los representantes de los trabajadores y empleadores, en ejercicio de su autonomía colectiva, podrán adecuar la implementación de lo dispuesto en el presente decreto en materia de plazos y montos para aquellas actividades o sectores que se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva”, establece.
El decreto también habilita a que la asignación de 5.000 pesos compense los aumentos salariales pautados para este año, “salvo que acuerden expresamente su no absorción”.
“Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo podrán establecer que las sumas referidas en el artículo 1° del presente se computen hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018”, indica el cuarto artículo.
“Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1° de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1° del presente. En los supuestos que se instrumenten, según corresponda, la incorporación, compensación o absorción salarial de la asignación establecida en el artículo 1° del presente decreto, la misma adquirirá carácter remunerativo”, agrega la normativa.
El decreto deja explícitamente afuero del alcance de la normativa a “los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal, “cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable”; al personal de casas particulares y a los empleados del sector agrario.
El decreto incluye un segundo capítulo destinado al “Procedimiento previo de comunicación para despidos sin justa causa”, que obliga a las empresas “a comunicar la decisión” al Ministerio de Producción y Trabajo con diez días hábiles de anticipación, hasta el 31 de marzo próximo. La norma abarca sólo a los “trabajadores con contratos por tiempo indeterminado” y establece que en este lapso la cartera que conduce Dante Sica podrá interceder para “considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral”.
“El Ministerio de Producción y Trabajo, de oficio o a petición de parte, podrá convocar al empleador y al trabajador, junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar durante el plazo fijado en el artículo 6° del presente, las audiencias que estime necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción laboral”, establece el artículo 7.
El decreto establece sanciones por el incumplimiento del “Procedimiento de comunicación de despidos” y exceptúa “al personal de la Industria de la Construcción”.
Para justificar el “bono de fin de año”, el gobierno nacional sostuvo que el “impacto socio – económico” de la inflación hacen “urgente y necesario adoptar las medidas pertinentes para que se mantengan los estándares adquisitivos de las remuneraciones”.
“Las recientes mediciones efectuadas por el organismo estatal competente han arrojado una variación coyuntural del nivel general del índice de inflación de precios al consumidor. Ante el impacto socio-económico producido por dicho fenómeno, resulta urgente y necesario adoptar las medidas pertinentes para que, con la celeridad del caso, se mantengan los estándares adquisitivos de las remuneraciones que han sido considerados por las partes colectivas al momento de celebrar los citados acuerdos”, argumenta el decreto firmado por el presidente, Mauricio Macri, y el resto del Gabinete de gobierno.