El juez federal Daniel Rafecas ordenó la detención de una pareja sospechada de estar vinculada a la explosión con un “paquete – bomba” en las oficinas de INDRA, la empresa encargada del escrutinio en las elecciones.
La explosión se produjo el 10 de agosto último, tres días antes de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), lo que generó la sospecha de un atentado con motivaciones políticas.
Otra de las hipótesis hablaba de una represalia de personal despedido, pero desde la empresa aclararon que este año no sólo no hubo despidos, sino que se contrataron data entries para el escrutinio.
Los detenidos son Mariano Fresco, que entregó el paquete al cadete del servicio de mensajería “El líder” que llevó la encomienda a las antiguas oficinas de INDRA, y su pareja, Analía Altamirano. Ambos tienen 30 años y fueron apresados en la localidad bonaerense de Claypole. También fue allanada su vivienda.
En el operativo, se recolectaron “rastros y huellas dactilares” y se buscaron materiales utilizados en la elaboración de artefactos explosivos, además de teléfonos celulares y tarjetas SIM, computadoras, anotaciones, agendas y tickets de compras.
La pareja deberá prestar declaración indagatoria ante Rafecas, el juez de la causa, una vez que se analicen las pruebas recolectadas en el allanamiento.
“No son improvisados porque era un explosivo contenido en una caja que, además, tenía un dispositivo que accionaba la detonación al proceder a su apertura”, indicó el fiscal de caso, Guillermo Marijuan, que estuvo presente en el operativo de detención.
“A partir de la reconstrucción de las circunstancias del atentado, se pudo establecer, mediante filmaciones del lugar donde se hizo entrega del artefacto explosivo, que un hombre a bordo de una moto entregó el paquete en cuestión el día 7 de agosto a las 15.30 horas“, apuntaron desde el Juzgado de Rafecas.
La investigación llegó a la empresa de mensajería a través del relevamiento de las cámaras del Gobierno porteño, que siguió el recorrido de la moto hasta su oficina, ubicada en Pueyrredón 1357. “Descartada la participación dolosa del personal de la mensajería, se les tomó declaración testimonial y rápidamente se develó que el empleado de la mensajería, Teófilo Soto Guerra, de nacionalidad peruana, había sido quien resultara filmado por las cámaras y quien llevó el paquete a la ex sede de INDRA, con total desconocimiento del contenido del paquete transportado“, confirmó el Juzgado a través del Centro del Información Judicial.
La investigación se dirigió entonces a pedido recibido por la empresa para el servicio, recibido por whatsapp de un teléfono celular desconocido. “Un tal `Gustavo´, que dijo ser `sordomudo´, manifestó su deseo de efectuar un envío y que se lo iba a dejar a un colaborador suyo de nombre `Mariano´, que iba a hacer la entrega y pagar el servicio”, indicó el Juzgado.
La entrega se llevó a cabo en el hotel “Garay”, ubicado en Juan de Garay 867, en el barrio de Constitución. Si bien no quedó la transacción no quedó registrada por cámaras de seguridad, el mensajero puedo reconstruir el identikit de la persona que le entregó el paquete.
Para dar con Mariano Fresco, el entregador, se analizó el aparato y la tarjeta SIM desde el que se pidió el servicio de mensajería, “el cual ostentaba llamados previos de personas no vinculadas entre sí, pero que tenían como persona en común a Mariano Fresco”. Además, la tarjeta SIM había sido utilizada en otro aparato por Altamirano.
“Todo ello, sumado a otros elementos de prueba colectados en la investigación, llevaron a que se ordenasen las detenciones y el allanamiento”, informó el CIJ.
El explosivo hirió a dos personas, el cadete que llevó el paquete y la recepcionista de INDRA que lo abrió. Fuentes de la empresa indicaron a Diario Vivo que su visión estuvo comprometida, pero que físicamente ya está repuesta. El cadete fue dado de alta el mismo día.
“Podría haber matado a la chica y al muchacho que estaban en el momento que abrieron el paquete”, advirtió Marijuan, en declaraciones a la prensa.
El delito, contemplado en el artículo 186 del Código Penal, castiga con penas de 3 a 15 años de prisión a quien “causare explosión, si hubiere peligro de muerte para alguna persona”.